Date of publication:

09/25/2026

Costa Rica

Do domestic laws and policies provide forcibly displaced and stateless persons with disabilities access to care, support and health care services? 

ANALYSIS

Assessment by population

Assessment by population
Refugees
Asylum-seekers
Analysis

Costa Rican legislation provides for the extension of health services with special consideration for persons with disabilities and equal access to these services, expressly prohibiting discrimination on the basis of disability. It also contemplates the provision of specialized health services to children with physical, sensory, intellectual and emotional disabilities. 

    LAW & POLICY

    Related provisions of domestic law or policy

    General Health Law, No. 5395

    Legal provision

    Artículo 13

    Los niños tienen derecho a que sus padres y el Estado velen por su salud y su desarrollo social, físico y psicológico. Por tanto, tendrán derecho a las prestaciones de salud estatales desde su nacimiento hasta la mayoría de edad. Los niños que presenten discapacidades físicas, sensoriales, intelectuales y emocionales gozarán de servicios especializados.

    Artículo 9

    Todas las personas tienen derecho a la promoción de la salud física y salud mental, la prevención, la recuperación, la rehabilitación y el acceso a los servicios en los diferentes niveles de atención y escenarios, así como a la disponibilidad de tratamientos y medicamentos de probada calidad. La atención se realizará, principalmente, en el ámbito comunitario; para ello, se utilizarán los recursos asistenciales a nivel ambulatorio, los sistemas de hospitalización parcial y la atención a domicilio, y se considerarán de modo especial aquellos problemas de las personas menores de edad, las personas con discapacidad, los adultos mayores y las personas con depresión, suicidio, esquizofrenia, adicciones a las drogas y el alcohol, el matonismo escolar, el acoso laboral y el apoyo necesario al grupo familiar. El internamiento se utilizará solo en casos totalmente necesarios.

    Law on Equal Opportunities for Persons with Disabilities

    Legal provision

    Article 38.- Hospitalization conditions

    Cuando una persona con discapacidad sea hospitalizada, no se le podrá impedir el acceso a las ayudas técnicas o servicios de apoyo que, rutinariamente, utiliza para realizar sus actividades.

    Article 32.-Coordination and supervision procedures

    La Caja Costarricense de Seguro Social establecerá los procedimientos de coordinación y supervisión para los centros de salud públicos que brinden servicios especializados de rehabilitación, con el fin de facilitar el establecimiento de políticas congruentes con las necesidades reales de la población.

    Article 31.- Access to healthcare services

    Los servicios de salud deberán ofrecerse, en igualdad de condiciones, a toda persona que los requiera. Serán considerados como actos discriminatorios, en razón de la discapacidad, el negarse a prestarlos, proporcionarlos de inferior calidad o no prestarlos en el centro de salud que le corresponda.