Last Change:
07/24/2025
Immigration Law
Original names of the law: Ley de Migración
Year: 2011
Type: Domestic law
Rights Category: Asylum, Freedom of movement, Documentation
Description
The Mexican Immigration Law is a federal legal framework that regulates the entry, stay, and exit of both Mexican nationals and foreigners in Mexico. The law defines various immigration statuses—such as visitor, temporary resident, and permanent resident—and outlines the responsibilities of the National Migration Institute (INM) in enforcing immigration policies. It also establishes procedures for visas, asylum-related procedures, and deportation, while regulating differentiated measures, due process and respect for family unity, especially for vulnerable groups like children and refugees.
Selected provisions
La situación migratoria de un migrante no impedirá el ejercicio de sus derechos y
libertades reconocidos en la Constitución, en los tratados y convenios internacionales de los cuales sea
parte el Estado mexicano, así como en la presente Ley.
El Estado mexicano garantizará el derecho a la seguridad personal de los migrantes, con
independencia de su situación migratoria.
En el procedimiento de retorno asistido se privilegiarán los principios de preservación de la unidad familiar y de especial atención a personas en situación de vulnerabilidad, procurando que los integrantes de la misma familia viajen juntos. En el caso de niñas, niños y adolescentes, mujeres embarazadas, víctimas o testigos de delitos cometidos en territorio nacional, personas con discapacidad y adultos mayores, se aplicará el procedimiento de retorno asistido con la intervención de los funcionarios consulares o migratorios del país receptor. Asimismo, se deberán tomar en consideración: I. El interés superior de niñas, niños y adolescentes para garantizar su mayor protección, y II. Su situación de vulnerabilidad para establecer la forma y términos en que serán trasladados a su país de origen. En el caso de niñas, niños y adolescentes y el de víctimas o testigos de delitos cometidos en territorio nacional, no serán deportados y atendiendo a su voluntad o al interés superior para garantizar su mayor protección, podrán sujetarse al procedimiento de retorno asistido o de regularización de su situación migratoria.
En términos del artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el interés superior de la niña, niño o adolescente migrante extranjero no acompañado deberá prevalecer para todas las decisiones relativas a su tratamiento por parte de la autoridad migratoria para la resolución de su situación migratoria, especialmente cuando se trate de: I. Procedimiento de reunificación familiar; II. Regularización de estancia; III. Procedimiento para el reconocimiento de la condición de refugiado, y IV. Retorno asistido